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Mostrando las entradas etiquetadas como Menor

FORMAS DE EJERCER LA ALIENACIÓN PARENTAL EN LOS HIJOS.

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En este sentido, Vilalta Suárez (2011, p.637) ha expuesto que durante el “lavado de cerebro” identificado por Gardner (1998): Se emplean temas como la falta de aportación económica, la exageración de problemas menores o acusaciones infundadas de maltrato. No se comparte la información escolar y se pretende alejar al otro progenitor del resto de la vida del niño. Se crea un argumento circular en el que el progenitor rechazado es visto como acosador y se cierra cuando este incrementa sus esfuerzos para comunicarse con sus hijos. Los estados emocionales experimentados por los menores y el mayor o menor grado de vulnerabilidad del menor determinan la consolidación del proceso. Otros factores que inciden en el desarrollo del SAP son el tiempo que pasa el menor con el progenitor alienante sin ver al otro, o la existencia de un hermano que sirva de modelo de rechazo . Bolaños (2002), por su parte, incide más en que las estrategias de interferencia parental pueden ser muy diversas a

LAS INTERFERENCIAS PARENTALES EN SITUACIONES DE LITIGIO POR LA CUSTODIA DE LOS HIJOS.

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Las interferencias parentales en situaciones de litigo por la custodia de los hijos from Ignacio González Sarrió

RELACIÓN ENTRE CONFLICTIVIDAD/VIOLENCIA INTERPARENTAL Y ADAPTACIÓN PSICOLÓGICA DE LOS HIJOS. Perspectivas teóricas.

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En la bibliografía actual se pueden encontrar cuatro perspectivas teóricas principales que relacionan la conflictividad y violencia interparental con la adaptación psicológica de los hijos. Estas son: el aprendizaje observacional, la disrupción del sistema familiar, el marco cognitivo-contextual y la hipótesis de la seguridad emocional. Las dos últimas intentan explicar la relación entre los conflictos matrimoniales y la adaptación de los hijos desde la perspectiva del procesamiento de la información (Cantón Duarte et al., 2013). No obstante, estos modelos son válidos para la violencia entre la pareja y los conflictos parentales en familias intactas y en cómo estos afectan a los hijos, no para aquellas familias cuyos progenitores ya no conviven, pero que no por ello han dado por terminadas sus desavenencias y problemas, que en muchos casos no manifestarán de forma directa, sino indirecta, soterrada y en ocasiones a través de los propios niños. De forma que las interferencia

FACTORES DE RIESGO EN MENORES INMERSOS EN CONFLICTOS PARENTALES

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Factores riesgo menores en conflicto parental from Ignacio González Sarrió

ADAPTACIÓN DE LOS HIJOS ANTE EL CONFLICTO DE LOS PADRES

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Es bien conocida la existencia de una relación significativa entre los conflictos de los padres y la dificultad de adaptación de los hijos, siendo objeto de investigación en la actualidad los procesos a través de los cuales los conflictos afectan a los niños así como la identificación de los factores de protección y vulnerabilidad que moderan esos efectos (Cummings y Davies, 2010; Davies y Cummings, 2006; Grych, 2005, citado en Cantón Duarte, Cortés Arboleda, Justicia Díaz y Cantón Cortés, 2013 ). En este sentido, la influencia perjudicial o no, de los conflictos parentales va a depender de las dimensiones del conflicto, esto es, frecuencia, intensidad, contenido y forma de resolución del mismo, así como de otras variables tales como el sexo del niño, las estrategias de afrontamiento utilizadas por el menor, la valoración y percepción que hace del conflicto, y la mayor o menor inseguridad emocional que desarrolle al observar el conflicto entre sus   padres, siendo esta última la

INFORME PSICOSOCIAL: GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES.

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Código Civil. Artículo 92. Apartados 5 a 8 dispone que: 5. Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos. 6. En todo caso, antes de acordar el régimen de guarda y custodia, el juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oir a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régim

CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO/SEPARACIÓN PARENTAL EN LOS HIJOS.

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CONSECUENCIAS NEGATIVAS ASOCIADAS A LA SEPARACIÓN PARENTAL: PSICOEMOCIONALES Y CONDUCTUALES. Consecuencias Psicoemocionales: Sentimiento de culpa . Los niños, especialmente los más pequeños. interpretan que las discusiones de sus padres están causadas por su comportamiento, internalizando que ellos son los culpables de su separación (Grych y Finchan, 1993). Sentimiento de abandono y rechazo . Los hijos de corta edad no comprenden por qué uno de sus padres abandona el hogar, tendiendo a interpretar la marcha del padre como una conducta de abandono y rechazo. Por otra parte, el progenitor custodio, generalmente se ve forzado a disminuir el tiempo de dedicación a sus hijos por tener que enfrentar él solo toda la responsabilidad que el buen funcionamiento de un hogar conlleva y resolver nuevos problemas inherentes al propio proceso de separación, como puede ser la parte judicial y legal. Esta carga tiene que ser asumida en el momento que menos preparado se encuentra a nivel p

PSICOPATÍA INFANTO-JUVENIL: INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

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II.2. LA MEDICIÓN EN PSICOPATÍA INFANTO-JUVENIL En este punto se muestran las propiedades de los principales instrumentos y pruebas de evaluación de la psicopatía infantil y juvenil así como sus características y formas de aplicación. II.2.1. INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Muchos clínicos son reacios al diagnóstico de psicopatía en edad infantil no solo por la heterogeneidad del mismo y al consiguiente grado de dificultad a la hora de identificarlo, sino por las connotaciones negativas implícitas al mismo.   Por ello, en estas edades hablan de un “trastorno disocial” o “trastorno de la conducta” (véase Anexos 1 y 2 donde exponemos los criterios diagnósticos del trastorno disocial del DSM-IV así como los subtipos en función de la edad deinicio y gravedad) y para los jóvenes adultos que han cumplido la edad de 18 años y muestran una conducta delictiva y violenta recurrente, el “ Trastorno antisocial de la personalidad ” (TAP), (v. Anexo 3).  No obstante, tal y como cita Gar