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Mostrando entradas de octubre, 2018

INFORME PSICOSOCIAL: GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES.

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Código Civil. Artículo 92. Apartados 5 a 8 dispone que: 5. Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. El juez, al acordar la guarda conjunta y tras fundamentar su resolución, adoptará las cautelas procedentes para el eficaz cumplimiento del régimen de guarda establecido, procurando no separar a los hermanos. 6. En todo caso, antes de acordar el régimen de guarda y custodia, el juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oir a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario de oficio o a petición del Fiscal, partes o miembros del Equipo Técnico Judicial, o del propio menor, valorar las alegaciones de las partes vertidas en la comparecencia y la prueba practicada en ella, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régim

PERICIALES PSICOLÓGICAS. ÁREAS Y JURISDICCIONES. Ignacio González Sarrió.

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ÁREAS   DE ACTUACIÓN DEL PERITO-PSICÓLOGO EN LAS DISTINTAS JURISDICCIONES.   nota. A continuación se procede a detallar las actuaciones profesionales en los distintos ámbitos y jurisdicciones que lleva a cabo, y en las que tiene experiencia, el perito psicólogo que firma este documento. JUZGADOS DE FAMILIA o de Primera Instancia. -           Procesos de Guarda y Custodia de menores. -           Procesos relacionados con el régimen de visitas. -           Procesos de impugnación de tutelas -           Procesos de acogimiento   Familiar. -           Procesos de adopción. -           Privación de la Patria Potestad. -           Nulidad civil del matrimonio. -           Procesos de emancipación de menores. JUZGADOS DE INCAPACIDADES o de Primera Instancia. -           Procesos de incapacitación. -           Declaración de prodigalidad. -           Idoneidad del tutor. -           Proceso de tutela. JUZGADOS DE LOS PENAL o de Instrucción. -    

CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO/SEPARACIÓN PARENTAL EN LOS HIJOS.

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CONSECUENCIAS NEGATIVAS ASOCIADAS A LA SEPARACIÓN PARENTAL: PSICOEMOCIONALES Y CONDUCTUALES. Consecuencias Psicoemocionales: Sentimiento de culpa . Los niños, especialmente los más pequeños. interpretan que las discusiones de sus padres están causadas por su comportamiento, internalizando que ellos son los culpables de su separación (Grych y Finchan, 1993). Sentimiento de abandono y rechazo . Los hijos de corta edad no comprenden por qué uno de sus padres abandona el hogar, tendiendo a interpretar la marcha del padre como una conducta de abandono y rechazo. Por otra parte, el progenitor custodio, generalmente se ve forzado a disminuir el tiempo de dedicación a sus hijos por tener que enfrentar él solo toda la responsabilidad que el buen funcionamiento de un hogar conlleva y resolver nuevos problemas inherentes al propio proceso de separación, como puede ser la parte judicial y legal. Esta carga tiene que ser asumida en el momento que menos preparado se encuentra a nivel p

ACTUACIÓN DEL PSICÓLOGO FORENSE ANTE LOS TRIBUNALES: Roles.

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ACTUACIÓN DEL PSICÓLOGO FORENSE EN LOS TRIBUNALES: Roles from Ignacio González Sarrió

COMUNICACIÓN SOBRE INTERFERENCIAS PARENTALES PRESENTADO EN EL IV CONGRESO DE LA ASOCIACIÓN MULTIDISCIPLINAR DE INVESTIGACIÓN SOBRE INTERFERENCIAS PARENTALES (ASEMIP). MADRID, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2018.

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Las Interferencias Parentales y la alienación parental: encuesta a profesionales. Ignacio González Sarrió. Doctor en Psicología Jurídica. Resumen En el contexto de separación y divorcio encontramos dinámicas q ue perjudican o buscan perjudicar la relación del menor con uno de sus progenitores. Las interferencias parentales (IP) se definen como todas aquellas acciones, conductas y actitudes llevadas a cabo por un progenitor con el fin de alterar la normal relación entre el otro progenitor y los hijos en común, pudiendo llegar a generar un rechazo filial u otras consecuencias a largo plazo (Hayden, 1984). Esta situación genera en el niño sentimientos de tristeza y/o ansiedad que serán amplificados y distorsionados por el progenitor obstaculizador, bajo riesgo de alterar la propia realidad del menor, sus afectos y cogniciones (Roseby y Johnston , 1998) . Las IP son, por tanto, un fenómeno presente en el quehacer diario de los profesionales que trabajan en derecho de fam