PSICOLOGÍA JURÍDICA. Parte VII. ACREDITACIÓN
ACREDITACIÓN
A. Requisito imprescindible ser
Licenciado en Psicología y estar colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos.
B. Siguiendo criterios no excluyentes
se proponen 3 vías:
1. Haber realizado cursos reconocidos por el COP en instituciones públicas
o privadas acreditadas, universidades u otros centros oficiales.
2. Acreditar la realización de prácticas en Psicología Jurídica
supervisadas por organizaciones o personas reconocidas para ello.
3. Acreditar experiencia profesional en el área.
Todo ello deberá ser acreditado a través de:
• Diplomas o Certificados expedidos por las entidades formativas.
• Certificados de prácticas.
• Certificados de las entidades donde se ha desarrollado la experiencia
profesional.
La máxima acreditación: DOCTORADO EN PSICOLOGÍA JURÍDICA.
Fdo. Ignacio González Sarrió.
Doctor en Psicología Jurídica.
grupopsico@cop.es
Valencia.
696102043
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