Parte VI: Apuntes sobre Evaluación Forense del Acoso Moral en el Trabajo. La Repetición de la obtención de la declaración.

Parte VI: Apuntes sobre Evaluación Forense del Acoso Moral en el Trabajo. La Repetición de la obtención de la declaración.
Título original: EVALUACIÓN FORENSE DEL ACOSO MORAL EN EL TRABAJO (MOBBING) MEDIANTE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN GLOBAL.

Referencia: Arce,R., y Fariña, F. (2011). Evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global. En M. Matos, R. Abrumhosa y C. Machado (Coords.), Manual de psicología forense: Contextos, prácticas e dasafios (pp. 375-398).. Braga, Portugal: Psiquilibros Ediçoes. ISBN: 978-989-8333-07-0.
AUTORES: Ramón Arce y Francisca Fariña.
Título: Evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global.
Institución:
·         Departamento de Psicología Social, Básica y Metodología. Universidad de Santiago de Compostela (Espanha).
·         Departamento AIPSE. Universidad de Vigo (Espanha).

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Nota 1: La información vertida en este artículo está íntegramente extraída del artículo original arriba referenciado, para mayor y mejor conocimiento de la obra original remitimos al lector al estudio de la fuente original.
Nota 2: El presente artículo es una sexta entrega correspondiente a una serie que abordará la evaluación forense del acoso moral en el trabajo (mobbing) mediante el Sistema de Evaluación Global SEG, sistema creado y validado por los profesores D. Ramón Arce y Dña. Francisca Fariña.
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2º. Repetición de la obtención de la declaración.
Los procedimientos tradicionales de análisis de contenido de las declaraciones para establecer su realidad se basan en una única declaración, sometiendo a prueba la persistencia en la incriminación (criterio legal de credibilidad del testimonio), en su caso, con las otras declaraciones obrantes en el procedimiento. Ahora bien, estas declaraciones no son válidas para el contexto forense porque contienen preguntas cerradas, sugestivas coercitivas o dirigidas que contaminan la prueba, a la vez que son poco productivas (e.g, Köhnken, Milne, Memon, y Bull, 1999; Köhnken, Schimossek, Aschermann, y Höfer, 1995), por lo que no sirven para el contraste de la persistencia en la incriminación. En otras palabras, no se da entrada a uno de los modos de contraste de la validez de la información, la consistencia intratestigo, como se denomina en la literatura científica (Wicker, 1975), o la persistencia en la incriminación, como se refiere en la jurisprudencia (p.e., Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de 28 de septiembre 1988, R.J 7070).  En esta última línea, ya se han dictado sentencias que han anulado el valor de la prueba del análisis de contenido (CBCA y SVA) de las declaraciones basados en una única declaración (v. gr., AP de Pontevedra, Sección 6º, de 21 de enero de 2004). En suma, tanto la metodología científica como la doctrina legal y la jurisprudencia nos demandan más de una declaración para el estudio de la consistencia temporal. Es bien sabido que la repetición de la obtención de la declaración no tiene porqué contaminar los datos (Campos y Alonso-Quecuty, 1999). Con la doble obtención de la declaración se puede llevar a cabo un análisis de la consistencia que, de acuerdo con la hipótesis de Undeutsch (1967, p. 125), debe entenderse en función de la centralidad/periferia del material que entra en contradicción. Así, señala que sólo es relevante la contradicción si afecta a detalles centrales para la acción de juicio. Esto es, la inconsistencia en la información periférica o la omisión de cierta información sólo es importante si es trascendente para la construcción de un evento verdadero. De facto, la mentira deliberada es más consistente que lo vivido (Trankell, 1972). Nosotros, para dar  cabida a las interferencias (teoría de la interferencia del olvido), a la entrada de nueva información (hipótesis constructiva del olvido) y a la  curva del olvido, el tiempo a transcurrir entre entrevista y entrevista lo estimamos en superior a 1 semana (pero no mucho más allá para no dilatar el proceso). Las hipótesis básicas que planteamos son tres. Primera, al ser un evento vital estresante el efecto del desuso será menor (referido al testimonio de víctima y agresor, y, generalmente, contiguo a los hechos). Segunda, una teoría de la racionalidad por parte del mentiroso que se plasma en que la mentira es planificada, aprendida y, por extensión, consistente en el tiempo con lo que no estará mediada por interferencias e información post-suceso (hipótesis constructiva). Para esto, es imprescindible obtener la primera declaración en formato de discurso libre sin ningún interrogatorio, porque a través de éste entraría información post-suceso que el sujeto acomodaría a la nueva reconstrucción. El interrogatorio sólo procedería tras la obtención en discurso libre de la segunda declaración. Tercera, el sujeto que dice verdad, si es correctamente conducido en la entrevista, narra imágenes e información sensorial con lo que la descripción de los hechos aún siendo muy semejante, será de construcción distinta al trascender a esquemas episódicos. En suma, en formato de recuerdo libre la declaración verdadera será menos consistente y aunque el evento sea el mismo, la narración será significativamente distinta tanto en su recuperación como en el contenido (omisiones, elicitación de eventos distintos a los hechos pero relacionados con ellos, inconsistencia en información periférica, recuperación/pérdida de nueva información poco relevante para los hechos). Por su parte, el sujeto mentiroso narra historias aprendidas con lo que las repetirá básicamente igual guiado por un esquema episódico (hipótesis Trankell).

Fdo. Ignacio González Sarrió.
Doctor en Psicología Forense.
grupopsico@cop.es
696102043
Valencia

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