ROL DEL PSICÓLOGO EN EL ÁMBITO FORENSE
1.-ROL DEL PSICÓLOGO EN EL ÁMBITO FORENSE
La
psicología forense es una especialidad de la psicología que se ejerce,
básicamente, ante el tribunal, al que se asesora y aconseja en aquellas
decisiones en las que los conocimientos en psicología sean necesarios. Así, el
rol del psicólogo forense es el de un perito que emite informes que pueden ser utilizados
como prueba en un proceso judicial. Por lo tanto, el rol del psicólogo en el
contexto forense se basa en asesorar al estamento jurídico sobre una petición concreta.
1.1.-PSICÓLOGO PERITO/PSICÓLOGO TESTIGO
El
psicólogo ante el tribunal puede desempeñar el papel de perito o el de testigo,
siendo ambas intervenciones consideradas como un medio de prueba.
Psicólogo
perito
Perito:
docto, experimentado, práctico en una ciencia o arte. Designa a la persona que
poseyendo determinados conocimientos científicos, artísticos o simplemente
prácticos, es llamado por la justicia para dictaminar sobre hechos cuya
apreciación no puede ser llevada a cabo sino por aquel que, como él, es poseedor
de tales nociones muy especializadas. La característica básica del rol del
perito es que no ha tenido ni tiene un conocimiento previo, ni contacto, ni
interés alguno en el caso que se juzga o con las personas implicadas en él. A
ello se le ha llamado un conocimiento “ex novo”, siendo el mecanismo básico por
el que se garantiza la imparcialidad en su tarea.
Psicólogo
testigo
La
función de todo testigo ante el tribunal es relatar aquello de lo que ha tenido
conocimiento relevante, según criterio del mismo tribunal, a través de su
contacto previo con el caso y/o con las personas implicadas. Muy
frecuentemente, un psicólogo puede tener este conocimiento en razón de su
práctica profesional; es decir, su “saber” de los hechos se deriva de su intervención
profesional.
Estos
testigos expertos defienden ante el tribunal los informes que en el pasado, o
en cumplimiento de la orden del mismo tribunal, han emitido en relación a su
intervención profesional. Estos informes no son periciales, sino informes
técnicos (clínicos, RRHH, educativos, etc.), presentados en un contexto judicial.
Fuente.
Ilustre Colegio Oficial de Psicólogos de Castellón.
Doctor en Psicología jurídica (UV). Licenciado en Psicología (UV).
Psicólogo-Psicoterapeuta y Perito Judicial. Máster en Psicología Clínica y
Salud (UV). Máter en Psicología Organizacional y RR.HH (COP-CV). Diploma de
Estudios Avanzados (DEA-UV). Tesis Doctoral en Psicología Jurídica (UV). Experto
Docente (CAP-UV). Psicólogo General Sanitario (GV). Perito Judicial y Forense.
Miembro del Turno Oficial de Peritos Forenses del Iltre. Colegio Oficial de
Psicólogos de la CV (COP-CV). Coordinador Grupos de Psicología Jurídica y Forense "psicolegalyforense". grupopsico@cop.es 696102043.
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