PUNTO SEGUNDO DEL DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS DEL INFORME PERICIAL EN NEUROPSICOLOGÍA FORENSE.

INFORME PERICIAL EN NEUROPSICOLOGÍA FORENSE:
 
2. PROCESO DE EVALUACIÓN.
 
Engloba tres contenidos:
 
*El motivo de realización de la evaluación.
*El período en el que se ha realizado.
*La metodología empleada.
 
El motivo de evaluación hace referencia a las cuestiones sobe las que se requiere asesorar al tribunal. Por ejemplo: "la determinación de las secuelas cognitivas y predicción de la capacidad funcional" o "los daños psicológicos observados y las repercusiones sobre las capacidades cognitivas y volitivas en relación a los hechos juzgados". La formulación viene impuesta al perito por la instancia que solicita el informe.
 
Siempre se ha de especificar la fecha y el período en que se ha llevado a cabo la evaluación, no sólo porque en neuropsicología la evolución temporal puede modificar el cuadro clínico (como en los traumatismos craneoencefálicos), sino porque marca el punto de referencia respecto al estado cognitivo y mental en relación al hecho juzgado y, también, en relación al momento en que se juzga, que en ocasiones puede ser mucho tiempo después de haberse relaizado la evaluación forense.
 
Finalmente, la especificación de la metodología utilizada en la evaluación es una de las piedras angulares del informe, pues permite justificar la fiabilidad y validez de los resultados, disponer de una base de discusión para las partes y para el tribunal y porque permite un análisis de una tercera parte o, incluso, de una réplica de la evaluación si ello se considera necesario.
 
En la especificación de la metodología se ha de distinguir lo siguiente:
 
1) Exploraciones clínicas realizadas (tipo de exploración, sobre qué persona y número de sesiones).
2) Entrevistas a otras personas (sobre qué persona, relación que guarda con el caso y número de sesiones).
3) Pruebas psicológicas y neuropsicológicas administradas (nombre y función que evalúa).
4) Documentación estudiada (tipo, organismo o institución que lo emite, fecha, nombre y responsabilidad o cargo de quien lo firma).
5) Contactos mantenidos con otras personas, organismos o instituciones.
 
Nota: Información extraída integramente del "Manual de Neuropsicología Forense: de la Clínca a los Tribunales". A. Jarne y A. Aliaga. Edit. Herder. 2010.

Fdo. Ignacio González Sarrió.
psicólogo. Psicoterapeuta y perito.
grupospsicojuridica@gmail.com


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