EL MOBBING Y SUS CONSECUENCIAS.
El Mobbing es un
fenómeno en el que una persona o grupo de personas ejerce una violencia
psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente .al menos una vez por
semana- y durante un tiempo prolongado más de seis meses sobre otra persona en
el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de
la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus
labores y lograr finalmente que esa persona o personas acaben abandonando el
lugar de trabajo. La expresión de dicha violencia psicológica extrema
tiene lugar a través de diversos comportamientos hostiles que pueden ser de
distinta naturaleza (11):
a)Acciones contra
la reputación o la dignidad personal del afectado (v.gr., comentarios
injuriosos sobre la persona acosada; ridiculizaciones sobre el aspecto físico,
de sus convicciones personales, de su estilo de vida);
b) Acciones contra
el ejercicio de su trabajo (p.e., encomendar al individuo a realizar trabajos
en exceso o difíciles, monótonos o repetitivos o para los cuales no está
cualificado o, por el contrario, privándoles de la realización de cualquier
tipo de desempeño profesional;
c) Manipulación de
la comunicación o de la información con la persona afectada (v.gr., no
proporcionar información sobre los distintos aspectos de su trabajo, amenazas,
críticas en público, no dirigirle la palabra, ignorar su presencia, etc) y,
d) Situaciones de
inequidad (p.e., establecimiento de diferencias de trato, distribución no
equitativa del trabajo, o desigualdades remunerativas).
A su vez, dichas
situaciones de acoso pueden afectar a cualquier nivel jerárquico de la
organización (acoso horizontal, ascendente o descendente), de tal modo que
cualquier miembro de la organización puede convertirse en acosador o acosado
(12).
La situación de
estrés crónico a la que se ven sometidas las víctimas de acoso moral acarrea
toda una serie de negativas consecuencias (4) (7) (13) (14), que afectan a su
estado psicológico (v.gr, estrés; ansiedad; depresión; agotamiento físico,
psicológico y emocional; sentimientos de fracaso, etc); físico (patología
psicosomática asociada a daños físicos, tales como dolores de cabeza,
trastornos intestinales, etc); social (conductas de aislamiento, desconfianza,
inadaptación social, etc) y laboral (afectación de su empleabilidad).
La gravedad de
dichas consecuencias y el aumento de la sensibilización en torno a dicha
problemática laboral han motivado, durante los últimos años, el incremento de
las demandas judiciales por esta causa.
Ciñéndonos al
ámbito judicial, la valoración legal del acoso moral constituye una tarea
sumamente compleja, debido a una serie de características asociadas a este
complejo fenómeno laboral:
- En primer lugar,
uno de los elementos característicos del acoso psicológico en el lugar de
trabajo es que no deja rastro ni secuelas visibles, excepto las propias del
deterioro psicológico de la víctima.
- A su vez, en la
actualidad no existe un acuerdo unánime a la hora de establecer la huella
psíquica directa asociada al mobbing.
podemos diferenciar
los siguientes grupos sintomáticos en las víctimas:
1) Cognitivos:
estrés, ansiedad generalizada; sensación de amenaza permanente; agotamiento
psicológico, físico y emocional; dudas sobre el propio equilibrio emocional y
de las percepciones que un tiene de su situación; sentimientos de culpabilidad
y responsabilidad; indefensión (13). A su vez, también se destacan los
sentimientos de fracaso, impotencia y frustración; baja autoestima o apatía y
problemas de concentración o atención (4) (16).
2) Psicosomáticos:
el estrés al que se ven sometidas las víctimas de acoso tiene efectos
indirectos sobre su estado físico, presentando amplio elenco de somatizaciones
(17) (18) (19): trastornos cardiovasculares (v.gr., hipertensión, arritmias,
dolores en el pecho); trastornos musculares (v.gr., cefaleas tensionales;
dolores lumbares y cervicales asociados a la tensión, temblores,
hiperreflexia); trastornos respiratorios (p.e., hiperventilación, sensación de
ahogo, sofocos); trastornos gastrointestinales (i.e., dolores abdominales,
nauseas, vómitos, sequedad de boca) y; finalmente, también se destaca la
alteración del deseo sexual (deseo sexual hipoactivo).
3) Sociales: Los
efectos sociales del acoso laboral se caracteriza por la aparición de actitudes
de desconfianza y conductas de aislamiento; evitación y retraimiento (20).
Dichas consecuencias sociales también se manifiestan en las relaciones
familiares tales como sentimientos de incomprensión; pérdida de ilusión e
interés por los proyectos comunes; abandono de responsabilidades y compromisos
familiares y; alteración de la afectividad.
Siguiendo a
Hirigoyen (18), otro de los aspectos destacados como consecuencias del acoso,
son las modificaciones psíquicas estables, esto es cambios en la personalidad
de la víctima. Estos cambios pueden adoptar tres patrones diferenciados (21):
a) Predominio de rasgos obsesivos (actitud hostil y suspicacia sentimiento
crónico de nerviosismo, hipersensibilidad con respecto a las injusticias); b)
Predominio de rasgos depresivos (sentimientos de indefensión, incapacidad para
disfrutar y sentir placer, anhedonía, desesperanza aprendida) y; finalmente, c)
Resignación: aislamiento, sentimiento de alienación con respecto a la sociedad,
actitud cínica hacia el entorno.
Finalmente, no
debemos obviar que en el contexto judicial pueden tener lugar falsas
alegaciones de acoso moral, debiendo contemplarse la posibilidad de simulación.
El término .simulación. aparece definido en el DSM- IV-TR (26) como .la
producción intencionada de síntomas físicos o psicopatológicos
desproporcionados o falsos, motivados por incentivos externos como no realizar
el servicio militar, evitar un trabajo, obtener una compensación económica,
escapar de una condena criminal u obtener drogas. Conforme a este manual existe
simulación cuando se cumple alguno de los siguientes criterios:
- Se presenta en un
contexto medico-legal.
- Existe
discrepancia entre la alteración manifestada por la persona y los datos
objetivos obtenidos a partir de la exploración clínica.
- El sujeto no
colabora mientras se realiza la valoración diagnóstica y no cumple el régimen
de tratamiento prescrito.
- El sujeto
presenta un trastorno antisocial de la personalidad.
Arce, Fariña
y Freire (28) y Arce, Pampillón y Fariña (29) demostraron que una medida que
discrimine el daño real de la simulación necesita ser el resultado de dos
procedimientos complementarios: la evaluación de una tarea de reconocimiento y
otra de conocimiento. La tarea de reconocimiento consiste en la aplicación de
instrumentos psicométricos, los cuales permiten al sujeto; de alguna forma,
reconocer cuál de los síntomas descritos en el instrumento padece. Sin embargo;
la tarea de conocimiento, que se obtiene a través de una entrevista
clínico-forense, en formato de discurso libre, lleva al sujeto a relatar los
síntomas, conductas y pensamientos que tiene en el momento presente. Esta forma
resulta más compleja para el simulador, pues necesita saber cuales son los
síntomas psíquicos, en este caso, del acoso moral. De esta forma, tanto la
instrumentación psicométrica como la entrevista permiten un control de la
simulación que llega a ser casi total (27).
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Fuente: Estudio del daño psíquico por acoso moral en el trabajo y de la
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* Universidad
de Santiago de Compostela.
INTERPSIQUIS. 2006; (2006)
Fdo. Ignacio González Sarrió.
INTERPSIQUIS. 2006; (2006)
Fdo. Ignacio González Sarrió.
DOCTOR EN PSICOLOGÍA JURÍDICA.
Perito judicial. Psicólogo.
grupopsico@cop.es
Perito judicial. Psicólogo.
grupopsico@cop.es
Qué interesante! Me hizo pensar en el trastorno por estrés post traumático. Es una psicopatía por parte del acosador? Es increíble lo elaborado y el tiempo que algunas personas invierten en la malicia.
ResponderEliminarSaludos.