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SÍNDROME DISEJECUTIVO Y ALTERACIONES NEUROCONDUCTUALES.

LA DISFUNCIÓN EJECUTIVA COMO MODELO PARA ENTENDER LAS ALTERACIONES NEUROCONDUCTUALES. Las funciones ejecutivas comprenden, la conducta intencionada (iniciación, secuenciación y monitorización), la toma de decisiones y la flexibilidad mental entre otras. Muchos de los cambios postraumáticos en la conducta y en la personalidad pueden resumirse como discapacidades de la función ejecutiva 8(o síndrome disejecutivo). Las funciones ejecutivas están compuestas por tres grandes dominios: a)     Las funciones mentales superiores. b)     El comportamiento social. c)     El comportamiento motivado o dirigido a metas. En el primer dominio,   las funciones mentales superiores, podemos encontrar: -           La flexibilidad mental. -           La resolución de problemas. -           La adaptación al cambio. Las afectaciones a este nivel suponen los mayores impedimentos para desempeñar una vida autónoma, adaptación social y vida familiar/laboral normal. El segundo dominio, el comportamiento social co

TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD Y LESIÓN CEREBRAL.

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Criterios diagnósticos para los cambios de personalidad y comportamiento producto de una lesión cerebral. (CIE-10). 1.        Pérdida de la capacidad para mantener una actividad orientada hacia un fin. 2.        Alteraciones emocionales (irritabilidad, euforia, oscilaciones anímicas bruscas). 3.        Desinhibición de las necesidades y de los impulsos sin tomar en cuenta sus consecuencias o molestias sociales (incluye conductas antisociales). 4.        Trastornos cognoscitivos manifestados en suspicacia excesiva o ideación paranoide, y preocupación excesiva por un tema único. 5.        Una marcada alteración en el curso y flujo del lenguaje. 6.        Una alteración del comportamiento sexual (disminución de la sexualidad o cambio del objeto sexual). Criterios diagnósticos para los cambios de Personalidad debidos a enfermedad médica (DSM-IV-TR). A.       Alteración duradera de la personalidad que representa un cambio de las características previas del patró

GRÁFICA Y DATOS GENERALES DE VISITAS AL BLOG psicolegalyforense.

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Visión general.   mayo de 2009 – diciembre de 2011  En esta gráfica y en los datos abajo detallados, podeis conocer la evolución de las visitas al blog  desde su inicio a finales de 2010 hasta la fecha. Páginas vistas en el último mes 1.143 Páginas vistas (historial completo) 7.088 Ignacio González Sarrió. Psicolegalyforense.

LAS NOTICIAS Y ARTÍCULOS MÁS VISITADOS DEL BOLG Psicolergalyforense.

A continuación se detallan los artículos y comunicaciones más visitados por los usuarios del blog "psicolegalyforense".       INSTRUMENTOS UTILIZADOS EN LA ELABORACIÓN DE INFO... 15/02/2011 426   Páginas vistas Manuales de Psicología Jurídica y Forense. 22/05/2011 162   Páginas vistas Psicología Jurídica Vs Psicología Clínica. Parte I... 04/04/2011 103   Páginas vistas La Comunicación Perversa 19/01/2011 96   Páginas vistas Nace el blog "psicolegalyforense", un espacio para... 19/12/2010 88   Páginas vistas GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA ELABORACIÓN DE IN... 04/02/2011 79   Páginas vistas Principales causas de denuncias a psicólogos por m... 13/01/2011 76   Páginas vistas CRIMINOLOGÍA IV: La Criminología Clásica. 22/05/2011 67   Páginas vistas APUNTES DE NEUROPSICOLOGÍA FORENSE. I. Delimitació... 21/11/2011 45   Páginas vistas CAPACITACIÓN DEL FORENSE O PERITO PSICÓLOGO NECESA... 31/05/

SIMULACIÓN FRENTE A TRASTORNO FACTICIO.

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SIMULACIÓN FRENTE A TRASTORNO FACTICIO. La simulación es un trastorno caracterizado por la  producción intencional y/o exagerada de síntomas físicos y/o psicológicos, motivada por un incentivo de ganancia externa , tal como evitar obligaciones militares o legales u obtener una compensación financiera. En la simulación, los incentivos son externos y el sujeto es consciente de la falsedad de sus síntomas. En un trastorno facticio el sujeto aparenta los síntomas y adopta el rol de enfermo por una necesidad psicológica interna y en ausencia de un incentivo externo ( American Psychiatric Association, 1994 ). Cuanto más   busca el sujeto engañar a otros sobre su estado de salud, y más consciente y voluntaria es la producción o la exageración de síntomas, más probable es que se trate de una simulación. Ahora bien, debe recordarse que la producción de rendimiento más patológicos o deficientes de lo que se podría esperar según el nivel de funcionamiento de la persona evaluada

NEUROPSICOLOGÍA FORENSE: TEST POR DOMINIO COGNITIVO Y TIPO DE FUNCIÓN. Apuntes VI.

TEST POR DOMINIO COGNITIVO Y TIPO DE FUNCIÓN. DOMINIO COGNITIVO EJEMPLO DE TEST FUNCIÓN DISTRIBUIDA Atención y concentración Span de dígitos, especialmente en sentido inverso. Recitación de los meses del año o de la semana en sentido inverso. Substracción serial de 7s. Test de atención sostenida: (PASAT). Test de Stroop, de inhibición de respuesta. Test de cancelación de letras, que impliquen trabajar bajo presión del tiempo. Subprueba de dígitos de WAIS-III. Orientación Preguntas en relación al día de la semana, fecha, mes, estación y año. Preguntas relativas al lugar en donde se encuentra: edificio, piso, ciudad, provincia, país. Memoria de Trabajo Span de dígitos en sentido inverso. Span visual inverso con el test de bloques de Corsi. Subprueba de Secuencias de Letras-Números de WAIS-III. Memoria Episódica Verbal Test de Gröber-Buschke. Subtest de memoria lógica de la escala de memoria de Wechler-III (WMS-III). Test de aprendizaje verbal de California. Memoria Episódica N

CONDICIONES DE LOS PERITOS: LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.

MARCO LEGAL: ACTUACIÓN PERICIAL Según Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil; En su artículo 340 dice: "Condiciones de los peritos":1. Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias". A su vez, el artículo 343 de la misma dice: Tachas de los peritos: Tiempo y forma de las tachas. 1. Sólo podrán ser objeto de recusación los peritos designados judicialmente. En cambio, los peritos no recusables podrán ser objeto de tacha cuando concurran en ellos alguna de las siguientes circunstancias: 1º. Ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil de una de las partes o de sus abogdos o procuradores. 2º. Tener interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante. 3º. Estar o haber estado e