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ESTILOS DE PAREJAS Y DIVORCIOS CONFLICTIVOS.

Estilos de parejas y divorcios conflictivos. Características. Es frecuente encontrar características comunes en las parejas con hijos que recurren al divorcio contencioso, entre ellas destacan las siguientes: Estilos de relación complementaria del tipo: dominación. Sumisión. Ejerciendo el alienador el rol de controlador. En la mayoría de los casos había ausencia de comunicación entre la pareja, lo que derivaba en una ineficiente modalidad de resolución de conflictos o de negociación de los desacuerdos. En general, es poco el reconocimiento de ambos de la responsabilidad propia en los desacuerdos maritales, se acusan mutuamente (De la Cruz & González, 2001). Muchos de estos progenitores se manejan con sus hijos como si fueran extensión de su yo (o una propiedad o parte de su patrimonio), no los perciben como sujetos diferentes de ellos mismos. Este tipo de conducta no encaja en ningún tipo de patología concreta, se trata de actos intenciona

DIVORCIOS CONTENCIOSOS: REPERCUSIONES EN LOS HIJOS

Según los especialistas, en el mejor de los casos, involucrar a los menores en el conflicto existente entre los progenitores puede provocarles estrés emocional, disminución del rendimiento escolar, alteraciones psicológicas que a menudo somatizan (causándoles dolor de cabeza, depresión, trastornos gastrointestinales, tics nerviosos, conductas regresivas, etc). Pero , a largo plazo, y en los caso de conflictos más graves, estos hechos repercuten negativamente en el equilibrio emocional de los niños, y pueden provocarles el desarrollo de patologías psicológicas o psiquiátricas. Negar esta realidad, supondría desconocer el interés superior del menor ante los conflictos parentales. El problema no es cuando no es que los padres, responsablemente decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hacen partícipes a los hijos de los conflictos generados por la separación: se ven inmersos en problemas de adultos, tomando parte en el conflicto, reproduciendo las disputas de los mayores

TIPOLOGÍAS DE FAMILIA EN FUNCIÓN DEL NIVEL DE CONFLICTO Y DE COOPERACIÓN. ADAPTADO (CAMARA Y RESNICK, 1988).

CONFLICTO COOPERACIÓN CARACTERÍSTICAS RECOMENDACIÓN ALTO ALTA Progenitores que presentan resentimiento mutuo pero que son capaces de hablar de las cuestiones relativas a los hijos. Cuando tenían desavenencias procuraban que los niños no estuviesen presentes. Funcionan mejor con acuerdos muy estructurados y ritualizados. Puede instaurarse un sistema de tenencia compartida siempre que se encuentre altamente estructurado. En caso de dificultades concretas pueden beneficiarse de un proceso de mediación familiar y/o asesoramiento técnico puntual. ALTO BAJA Los padres se mantienen enredados en sus desavenencias dedicando una alta energía a ello. Se critican abiertamente de forma mutua tanto en sus formas de ser y sus funciones parentales. Los niños acostumbran a ser el centro de sus disputas. Discuten delante del menor, los desacuerdos sobre custodia o visitas y también las pautas educativas d

EXCEPCIONES EN LA EVALUACIÓN DE LA CREDIBILIDAD EN MENORES QUE DENUNCIAN AGRESIÓN O ABUSO SEXUAL .

Al plantearse la tarea de realizar una evaluación de credibilidad del testimonio en niños que desvelan una agresión sexual, es central clarificar si esta evaluación será realizable de acuerdo a la metodología del SVA, aplicando tanto el CBCA como el Listado de Validez o, si por el contrario, dadas las características del niño peritado y los antecedentes recopilados -antes y durante la evaluación pericial-, se requerirá o no del apoyo de otras técnicas como por ejemplo, las pruebas psicológicas. Las excepciones a una “Evaluación de la Credibilidad del Testimonio” están referidas básicamente a alteraciones o deficiencias que afectan a lla capacidad narrativa del niño peritado. Las excepciones a la evaluación de la credibilidad de las declaraciones son las siguientes: 1.- Limitaciones cognitivas y simbólicas. Cuando las funciones cognitivas témporo-espacial y de organización témporo-espacial están afectadas por factores madurativos o traumáticos. Se incluyen las alterac

FUNCIONES DE ESTADO Vs FUNCIONES DE CANAL. FUNCIONES MENTALES.

FUNCIONES DE ESTADO. 1. Definición: Controla las modulaciones rápidas del tono global del sistema de procesamiento de la información. Su integridad se ve reflejado en un nivel de alerta adecuado. 2. Bases neuroanatómicas subyacentes: Sistema neuronal frontal. Proyecciones ascendentes de la formación reticular. 3. Principales funciones: El estado de alerta. El humor. La motivación. La atención. La memoria de trabajo. Las funciones ejecutivas: La flexibilidad cognitiva. La inhibición de respuestas no pertinentes. La resistencia a las interferencias. El sostenimiento en el tiempo de una respuesta pertinente. 4. Principales causas de alteraciones de las Funciones de Estado: Los trastornos metabólicos. Los medicamentos. Las lesiones multifocales y frontales. Nota: Déficits primarios de estas funciones tienen poco valor de localización anatómica y afectan al rendimiento del conjunto de las tareas neuropsicológicas. Por lo tanto, es importante empezar las

FUNCIONES Y TAREAS DE LA NEUROPSICOLOGÍA FORENSE.

La Neuropsicología forense ofrece a los tribunales: 1º. La identificación de trastornos. 2º. La descripción de los mismos. 3º. El establecimiento de la relación entre los trastornos identificados y su relación con el S.N.C. 4º. La recomendación de futuras evaluaciones y/o tratamientos. En este sentido, son tres las principales tareas de la Neuropsicología Forense: 1ª. Determinar la disfunción. 2ª. Establecer el efecto de la disfunción sobre el individuo. 3ª. Pronunciarse respecto del pronóstico de dichos déficits. 4ª. Establecer la relación entre la disfunción y la causa que se juzga. Estas tareas quedan concretadas en las demandas que hacen los tribunales al perito que normalmente son: 1º. La valoración del daño corporal. 2º. La determinación de competencias civiles. 3º. La responsabilidad criminal. Fuente: Manual de Neuropsicología Forense. De la clínica  a los tribunales . Adolfo Jarne y Álvaro Aliaga. Ed. Herder. 2010. Fdo. Ignacio Gonz

IMPUTABILIDAD Y PELIGROSIDAD: Definición de conceptos.

Se entiende por IMPUTABILIDAD  la capacidad de comprender la ilicitud de un acto jurídico ( factor cognoscitivo) y la capacidad de autodeterminarse acorde a dicha comprensión (factor volitivo). (Naquira, 2007). Entonces los cambios acaecidos en las funciones cognoscitivas, el juicio crítico y moral, y la percepción del entorno podrían comprometer el factor cognoscitivo de la imputabilidad. A su vez la pérdida del control volitivo, traducido en conductas socialmente desadaptativas (impulsividad, agresividad, desinhibición, inadecuación) estará en relación con el factor volitivo de la imputabilidad. Se entiende por PELIGROSIDAD la estimación probabilística de que algo peligroso ocurra (Steadman 1973). Se puede conceptualizar como el potencial de dañar. Fdo. Ignacio González Sarrió. Doctor en Psicología Jurídica. Psicólogo. Perito Judicial y Forense. Col. Cv06179. gupopsico@cop.es Valencia.