PSICOLOGÍA JURÍDICA. Parte VII. ACREDITACIÓN

ACREDITACIÓN


A. Requisito imprescindible ser Licenciado en Psicología y estar colegiado en el Colegio Oficial de Psicólogos.

B. Siguiendo criterios no excluyentes se proponen 3 vías:

1. Haber realizado cursos reconocidos por el COP en instituciones públicas o privadas acreditadas, universidades u otros centros oficiales.

2. Acreditar la realización de prácticas en Psicología Jurídica supervisadas por organizaciones o personas reconocidas para ello.

3. Acreditar experiencia profesional en el área.

Todo ello deberá ser acreditado a través de:

• Diplomas o Certificados expedidos por las entidades formativas.

• Certificados de prácticas.

• Certificados de las entidades donde se ha desarrollado la experiencia profesional.

La máxima acreditación: DOCTORADO EN PSICOLOGÍA JURÍDICA.

Fdo. Ignacio González Sarrió.
Doctor en Psicología Jurídica.
grupopsico@cop.es
Valencia.
696102043

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